Precisiones sobre futuras regulaciones de los precios del transporte privado
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- Categoría: Santiago de Cuba
- Escrito por Yuzdanis Vicet Gómez / Foto: Tomada de youtube.com
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A propósito de la tendencia al alza de los precios que los transportistas privados establecen de forma deliberada, especialistas del ramo en la provincia y dirigentes gubernamentales precisaron en Panel Informativo de la televisión santiaguera detalles sobre la futura aplicación de las medidas que tratarán de regular esta situación.
Al respecto, el ingeniero Agustín Sánchez Ramírez, segundo jefe de la Unidad Estatal de Tráfico en Santiago de Cuba, hizo referencia al basamento legal que permite la intervención del Estado para estandarizar los precios de los productos y servicios brindados por los Trabajadores por Cuenta Propia cuando las circunstancias lo exijan.
Al respecto la Ley establece:
El Decreto-Ley No. 356/2018 sobre el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia establece: Se faculta a los Consejos de la Administración provinciales y del municipio especial de Isla de la Juventud para regular los precios y tarifas fijos o máximos sobre los productos y servicios que prestan los trabajadores por cuenta propia, cuando las circunstancias lo aconsejen y teniendo en cuenta las condiciones y características de cada territorio.
La Resolución 194/2018, del Ministerio de Finanzas y Precios, en su Resuelvo decimoctavo: (...) Los consejos de la Administración provinciales del Poder Popular y del municipio especial de Isla de la Juventud regulan los precios y tarifas fijos o máximos sobre los productos y servicios que prestan los trabajadores por cuenta propia cuando las circunstancias lo aconsejen y teniendo en cuenta las condiciones y características de cada territorio.
La Resolución 174/2018 del Ministerio de Transporte sobre las obligaciones de los titulares de Licencia de Operación de Transporte, en su inciso f establece: Cobrar el precio de la transportación conforme a las tarifas oficiales en aquellos servicios en los que su aplicación resulte obligatoria.
El Decreto-Ley No. 357 de las contravenciones personales en el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia, establece en su Artículo 6.1 Que: Constituyen contravenciones por las que se impone al infractor una multa de mil pesos cubanos (1 000.00 CUP) las siguientes: (...) e) alterar el precio y la tarifa de los productos y servicios a la población, para los cuales se han establecido por las autoridades facultadas precios o tarifas mínimos o máximos.
Igualmente, la actuación gubernamental en este aparte, fue explicada por Mayra Pérez González, vicepresidenta del Consejo de Administración Provincial, quien reconoció la importancia del servicio que prestan los transportistas privados, para junto al sector estatal dar solución a las necesidades del pueblo y mostró preocupación por la tendencia indiscriminada al alza; también argumentó que: “La oferta y demanda tiene excepciones en los servicios priorizados y el transporte es uno de estos”.
En consecuencia, el Consejo de la Administración provincial aprobó topar los precios máximos en la transportación de pasajeros intermunicipales e intramunicipales, en función de garantizar el acceso del pueblo a ese servicio; la directiva aclaró que: “No es minimizar el precio para que el TCP no obtenga beneficio de su labor, pero sí se asemejarán a los históricamente establecidos y aclaró que estos precios se darán a conocer en el programa televisivo En Línea Contigo el próximo miércoles, en el periódico Sierra Maestra y en las tablillas informativas de las terminales, espacios donde serán divulgados también los teléfonos mediante los cuales la población puede denunciar las violaciones”.
Igualmente se refirió a la existencia de tres talleres en la provincia (Santiago de Cuba, Palma Soriano, Songo-La Maya, se trabaja para abrir en Contramaestre) para prestar servicios a los transportistas privados y agregó que las partes y piezas escasean para los dos sectores, debido a esto hay un déficit de casi 150 medios de transporte según la demanda estudiada de la población santiaguera y se trabaja con el 70% del combustible planificado, particularmente respecto al combustible acotó que en los últimos seis años como promedio diario se compran por vehículo de 0,15 a 0,20 litros de diesel, lo que pone en duda la licitud de la adquisición de ese recurso.


Comentarios
Considero que es una medida que se corresponde con la aspiración de un sistema so[censored]ta de satisfacer las necesidades del pueblo, además de tener presente lo dicho por Fidel en medio de la Revolución naciente: "...Esta es una Revolución para los humildes..." y también enfatizó en innumerables ocasiones el líder de la Revolución cubana que ningún ciudadano de este país quedará abandonado a su suerte.
• El pueblo sentirá la mejoría de su economía familiar ya que con lo mismo que recibe hoy podrá adquirir más bienes y servicios incluido los del transporte.
• El combustible no podrá ser desviado en las cantidades actuales pues no hay compradores, el transportista privado tiene que justificar sus ingresos, utilidades y pago de impuestos. teniendo en cuenta el combustible comprado al estado y no el desviado.
• Los planes de combustibles de las empresas se podrán reducir un 20 %, el que será asignado a los particulares para su compra a través de las tarjetas.
• Se contribuye al saneamiento del delito, la corrupción y las ilegalidades en el campo del combustible ya que a las máquinas que expenden gasolina no se les puede robar y al fisco es mucho más difícil de engañar.
• Que se pueda establecer un precio único en el país donde el pueblo se el principal inspector
• Etc.
1. Cada transportista privado, con las licencias establecidas y debidamente acreditadas, contará con una tarjeta de FINCIMEX para la compra del combustible con el que justificará el trabajo realizado.
2. El precio de venta del combustible será inferior al que tiene actualmente en el mercado negro, con lo cual, por sólo este hecho se le puede exigir al particular la rebaja del precio del pasaje.
3. La diferencia hasta completar lo exigido por FINCIMEX, será abonado por el estado a esta entidad y saldrá del presupuesto del estado, el que lo ajustará a los impuestos a cobrar al contribuyente.
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