Santiago de Cuba,

Por los caminos del Código de las Familias

08 February 2023 Escrito por 
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La aprobación de una nueva ley o la modificación de alguna ya existente, requiere cambios en los procedimientos para su aplicación, capacitación y actualización para sus operarios, incluso de una mirada diferente a los procesos legales que son afectados por dichos cambios, solo así es posible implementarla de forma efectiva y alcanzar los efectos deseados para la sociedad, este es el caso del Código de las Familias.

El Dr.C. Jorge Mondelo Tamayo, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, uno de los que viajó por toda la provincia explicando al pueblo de que va el moderno código, accedió a ser entrevistado sobre qué se hace para la aplicación efectiva de la norma jurídica y cuáles son las disposiciones complementarias que lo facilitan.

En ese sentido -explica el especialista- “se han realizado acciones de capacitación, que muchas son internas del sector jurídico de sus espacios técnicos, como talleres y encuentros nacionales. Por otro lado, tenemos las de la Unión de Juristas en Santiago de Cuba y desde la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente con trabajadores y especialistas del Ministerio de Justicia (Minjus), de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, con los Tribunales Populares y otras instituciones que tienen que ver con la práctica de lo regulado en el nuevo Código de las familias”.

¿Cómo transita la implementación del código?

“La puesta en práctica del Código de las Familias ha pasado por varias etapas después de la aprobación en referéndum y su entrada en vigor, las instituciones del sector jurídico comenzaron a aplicar normativas que favorecieran su implementación, por ejemplo: se creó en el Registro del Estado Civil, la sección de Unión de hecho afectiva (Resolución 492/2022).

“Al mismo tiempo se establecieron disposiciones para regular el procedimiento de la imposición de apellidos con la posibilidad que da el código de poner el de la mujer en primer lugar, este nuevo procedimiento quedó constituido a partir de resoluciones y se estableció otra para la realización del Divorcio notarial por mutuo acuerdo (Resolución 492/2022)”.

¿Constituye un reto para los operarios de la ley?

“Eso produjo un grupo de cambios en la actuación de las fiscalías, los tribunales, los bufetes colectivos porque a partir de esas propias disposiciones del código había que dar una mirada diferente a lo que se venía haciendo hasta ese momento, así como a la implementación de nuevos procedimientos que no existían dentro de la práctica jurídica en Cuba, por ejemplo: el contrato de alimentos que ya se empezó a realizar en el país, y que tiene que ver con la posibilidad que se le da a algunas personas de asumir el cuidado de otras a cambio de contraprestaciones o beneficios que recibiría en el futuro.

“En materia migratoria se comienzan hacer las delegaciones de parte de la responsabilidad parental a los abuelos o a otros familiares, como también lo establece el Código de las familias, cuando las personas van hacer estancias prolongadas en el exterior sea por cuestiones laborales o personales, lo que empieza a adquirir mayor importancia en el contexto cubano actual; también incrementan las consultas a los cónsules, por los actos que empiezan a solicitarse por cubanos residentes en el exterior y que requieren la actuación del cónsul, sobre todo en instituciones como el matrimonio y los pactos matrimoniales.

“El propio matrimonio una institución que adquiere más relevancia a partir del Código de las Familias, no solo por las tendencias que ya se venían observando, sino por la posibilidad del matrimonio entre parejas homoafectivas, de forma general ha incrementado el número lo que impone un reto para los especialistas de Derecho Civil y Familias y los notarios públicos quienes tienen una labor trascendental...”.

Por otra parte, el Ministerio de Salud Pública aprobó la Resolución 1151/2022 Reglamento de la reproducción asistida en seres humanos, que da la posibilidad de que las personas que no pueden tener hijos acudan a las técnicas de reproducción asistida, en esta resolución se establecen los procedimientos y la autorización judicial que debe ser previa al acceso a las técnicas. Por la importancia y complejidad de este tema, Sierra Maestra lo tratará con más profundidad.

El Dr.C. Jorge Mondelo Tamayo, quien también se desempeña como Vicedecano para Extensión universitaria y Relaciones internacionales en la Facultad de Derecho, aseguró que hay voluntad e intención institucional de que puedan hacerse con la calidad requerida los actos que solicita la población, y que está indicado que se realicen sin ninguna objeción por los funcionarios, porque de ello depende la materialización de los derechos constitucionales de las personas.

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Yuzdanis Vicet

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