Dos de los actos públicos estuvieron vinculados al ganado mayor, hechos que provocan una importante afectación en la disminución del número de animales, la producción y entrega de carne y leche a la industria alimentaria y por consiguiente, limitación del desarrollo ganadero del país.
En la causa 39 del 2024, celebrado en el Tribunal Municipal Popular de Songo-La Maya, resultaron sancionados dos acusados por el delito de sacrificio ilegal de ganado mayor y tráfico de sus carnes, previsto en el artículo 316.2 del Código Penal, el cual prevé un marco sancionador de tres a ocho años de privación de libertad.
Los inculpados, padre e hijo (trabajador por cuenta propia y estudiante de 17 años, respectivamente), fueron sorprendidos por agentes del orden cuando transitaban por la vía pública con 30 kg de carne depositadas en la mochila y el bolso que llevaban consigo.
El Tribunal fijó una sanción de cuatro años de privación de libertad para el padre, y para el joven (regla de adecuación), dos años de privación de libertad, y como medida alternativa la limitación de libertad, con las accesorias de privación de derechos públicos, prohibición de salida del territorio nacional y el comiso.
Otro juicio oral y ejemplarizante realizó el Tribunal Municipal Popular de Palma Soriano, por el delito de incumplimiento de preservar bienes de entidades económicas, en la causa 28 del 2024, en la que dos acusados que se desempeñaban como custodios de la Unidad Básica de Producción Cooperativa Oriente 2, quienes al quedarse dormidos violaron el servicio de guardia y permitieron la sustracción de 30 cabezas de ganado, de las que solo se recuperaron cinco.
El delito de incumplimiento del deber de preservar los bienes de entidades económicas prevé en el artículo 303.1 que: “quien a consecuencia de incumplir las medidas a que está obligado por razón del cargo, ocupación u oficio que desempeña en una entidad… ocasione un daño o perjuicio, incurre en una sanción de privación de libertad de seis meses a dos años o multas de doscientas a quinientas cuotas, o ambas”.
A los inculpados se les impuso una sanción de dos años de privación de libertad y como medidas accesorias la privación de derechos públicos, la prohibición para el ejercicio del cargo, profesión u oficio, así como la prohibición de salida del territorio nacional.
Las vistas orales de los restantes procesos penales seleccionados, estuvieron relacionadas con delitos de robo con violencia, portación y tenencia ilegal de armas, desacato y resistencia, así como atentado, hurto y asesinato en tentativa, homicidio y desórdenes públicos.
En la tramitación de las causas y durante el acto de los juicios se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley del proceso penal. A la Fiscalía y los sancionados les asiste el derecho de impugnar la decisión adoptada.
(Con información de la Fiscalía de Santiago de Cuba)