En su intervención, reconoció los problemas que existen en el sector presupuestado con la inestabilidad de la fuerza de trabajo y anunció la adopción de algunas medidas relacionadas fundamentalmente con los salarios y que están encaminadas a disminuir el éxodo del personal hacia otros sectores.
En tal sentido y a partir del incremento sostenido en la fluctuación laboral del sector presupuestado, se decidió aprobar que las entidades presupuestadas, incluyendo las unidades presupuestadas con tratamiento especial, utilicen las inejecuciones del fondo de salario, lo cual constituye un gasto con carácter directivo, en función de incentivar la estabilidad de la fuerza de trabajo.
La Gaceta Oficial de la República Extraordinaria No. 45 de 11 de agostode 2025, publica el Acuerdo 10199 del Consejo de Ministros, mediante el cual se aprueba la redistribución de las inejecuciones del fondo de salario, de las unidades presupuestadas, el que se considerará pago adicional y salario y se aplicará a los trabajadores de todas las categorías ocupaciones en el sector presupuestado, incluidas las unidades presupuestadas con tratamiento especial.
Los trabajadores pertenecientes a órganos y organismos de la Administración Central del Estado a los que se les aprobó tratamientos salariales diferenciados de incrementos de salario, se exceptúan de la aplicación de este pago.
No obstante, los que solo recibieron el beneficio del pago adicional mensual por años de servicios prestados, sí serán objeto de aplicación de la redistribución del fondo de salarios.
En la norma se precisa que corresponde a los jefes de cada unidad presupuestada, aprobar el Reglamento interno para la redistribución de las inejecuciones de fondo de salario, previo Acuerdo del Consejo de Dirección. En este proceso de tan trascendental importancia para los trabajadores del sector presupuestado, juega un papel fundamental la organización sindical, quien participa en la elaboración del Reglamento, que se analiza en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores, y se incorpora una vez aprobado al Convenio Colectivo de Trabajo.
MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS