El pueblo exige soluciones, y que estas beneficien a todos: a quienes trabajamos y construimos con la mira puesta en un futuro mejor, y todo eso se materializa en los municipios.
La Constitución de la República es clara cuando les da el mandato “para satisfacer las necesidades mínimas locales”, y para eso define a las asambleas municipales del Poder Popular como los “órganos superiores locales (…) investidas de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en su demarcación”.
En cumplir y hacer cumplir la Ley está el fundamento para toda acción de control por parte de las autoridades, principalmente en estos territorios a los que el artículo 102 de la Carta Magna define como “la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la ley, en una extensión territorial determinada por necesarias relaciones económicas y sociales de su población”.
Haciendo uso de las prerrogativas que tiene, el Consejo de la Administración Municipal (CAM) de San Luis, en sesión extraordinaria, analizó las preocupaciones manifestadas por el pueblo sobre el incremento indiscriminado del precio del aceite y otros productos como el arroz, el pollo y el huevo en el comercio minorista.
En la nota publicada en su página oficial en la red social Facebook, expuso que “se efectuó un estudio de los costos y gastos asociados a la comercialización de estos productos”, acordándose que “a partir del 7 de agosto, el precio de referencia para la venta minorista del aceite será hasta 2 200 pesos por unidad, el pollo la libra hasta 600 pesos, el arroz importado el kilogramo hasta 750 pesos, el arroz nacional la libra hasta 250 pesos y el huevo por unidad hasta 120 pesos, se aclara que no se trata de un precio topado, sino del resultado de la evaluación económica realizada sobre los costos y gastos de comercialización.
En ese sentido, informó el CAM, que “se reforzarán las acciones de enfrentamiento contra quienes incumplan las disposiciones establecidas. Entre las medidas que podrán aplicarse a los infractores se encuentran el cierre temporal del establecimiento hasta por tres meses; el decomiso y venta forzosa del producto; la aplicación de la multa correspondiente, conforme a la legislación vigente”.
Cada municipio decide -atendiendo a sus características-, su estrategia de desarrollo y, sobre todo, precios y tarifas. En los otros ocho que integran nuestra provincia se impone actuar con agilidad en la solución de esa situación y no sería descabellado darle una mirada a los precios de otros productos cárnicos y de aseo, que también se han disparado.